martes, 2 de septiembre de 2014

Una nueva muerte por sobredosis en la prisión de Topas (Salamanca):

Tenemos constancia de una nueva muerte por sobredosis esta vez en la prisión de Topas (Salamanca). Se trata de R. R. C. de 28 años de edad y natural de Salamanca. El día 29 era sacado del módulo 12 (módulo de  respeto) y fallecía el día siguiente a causa de una sobredosis.
En España existe un promedio de 201 muertes en prisión cada año. La estadística pone de manifesto que las muertes por sobredosis suponen el 22,3% del total de fallecidos, y que las muertes por suicidio se elevan al 11,3% de los casos. Teniendo en cuenta la gran relación existente entre muertes por sobredosis y conductas suicidas, resulta sobrecogedor el elevado índice de fallecidos por ambos conceptos.
Este hecho es sumamente grave, por un lado porque la administración penitenciaria debe velar por la vida, integridad y salud de los internos y está claro que no lo consigue de forma efectiva; y, por otro, porque la Constitución Española en su artículo 25 dispone que las penas privativas de libertad deberán estar orientadas a la reeducación y reinserción, resultando absolutamente imposibles dichos objetivos si en un lugar cerrado y repleto de drogodependientes la droga puede adquirirse con facilidad.
A esto se le añade que no es posible endurecer los controles de seguridad hasta el límite, pues ello violaría derechos básicos y fundamentales de las personas presas.
En relación a las personas condenadas según el Código Penal actual, el 43’17% cumple condena por delitos contra el patrimonio (robos y hurtos), mientras que el 27’72% lo hace por delitos contra la salud pública (fundamentalmente, “menudeo” de drogas). Su perfil es de escasa peligrosidad., a pesar de lo cual la Justicia les tiene destinadas penas desproporcionadas, comparadas con los grandes defraudadores que ponen en peligro a todo un Estado, cuya única respuesta en muchos casos es la impunidad. Así, es muy frecuente que las personas con problemas de drogodependencias sean sentenciadas a condenas largas, lo que les impide el acceso a determinadas medidas alternativas a la prisión como la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad. De la misma manera, el hecho de cometer varios pequeños delitos continuados las convierte en reincidentes, lo que puede agravarles aun más la condena recibida y/o convertirse en un obstáculo para acceder a medidas alternativas a la prisión.
La prisión no es un espacio en el que se pueda realizar un tratamiento terapéutico adecuado, sino que, al contrario, empeora la situación de las personas con problemas de drogas hasta llegar a extremos dramáticos como el de las muertes en prisión. Destacamos la responsabilidad de la administración teniendo en cuenta el absoluto y completo fracaso de la prisión como media resocializadora de las personas pesas, pudiendo afirmarse que la finalidad que juega la cárcel actualmente no es otra que contribuir a la destrucción psíquica y fisica de las personas que la padecen.

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